A través del Decreto 408/2026 publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional oficializó el nuevo esquema que entrará en plena validez. Financiamiento empresarial, inversiones colectivas y alcance para el sector privado y PyMEs.
El Gobierno nacional reglamentó formalmente el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta estratégica creada bajo el amparo de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 aprobada por el Congreso de la Nación en febrero de 2026. Esta medida pone en el centro de la escena a los mecanismos de desvinculación de los trabajadores y redefine de manera sustancial las indemnizaciones que deben afrontar las empresas argentinas.
Con la firma del presidente de la Nación, Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el titular de la cartera de Economía, Luis Caputo, el nuevo marco normativo adquiere validez plena a partir de este lunes 1 de junio de 2026, transformando sustancialmente las reglas del juego en el ámbito laboral y de la seguridad social del país.
Qué es el FAL y cómo funciona el nuevo sistema de despidos
El Decreto 408/2026, publicado en las primeras horas de hoy en el Boletín Oficial, define formalmente al Fondo de Asistencia Laboral (FAL) como un fondo de dinero diseñado específicamente con el objetivo de ayudar, colaborar y garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones de pago de las indemnizaciones por desvinculación laboral. Estas se encuentran enmarcadas bajo los supuestos de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y los estatutos profesionales vigentes para cada sector de actividad.
A diferencia de los esquemas tradicionales, estos pagos se instrumentarán formalmente como vehículos de inversión colectiva. De acuerdo con el texto oficial, el sistema se canalizará a través de fondos comunes de inversión específicos o fideicomisos financieros constituidos legalmente en el territorio nacional, quedando la fiscalización y supervisión integral a cargo de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
«La medida aplica a todos los trabajadores registrados o ‘en blanco’ que posean una antigüedad mínima de 12 meses al momento de finalizar la relación laboral en el sector privado.»
El alcance de la normativa contempla a la totalidad del sector privado e incluye de manera explícita y prioritaria a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) que cuenten con su certificado vigente, así como también a las entidades de carácter civil sin fines de lucro.
Financiamiento obligatorio por parte de las empresas
De acuerdo con lo estipulado de manera taxativa por el nuevo Decreto del Poder Ejecutivo, el fondo será financiado de forma exclusiva por las firmas empleadoras. Los empleadores tendrán de ahora en más la obligación de transferir mensualmente los porcentajes determinados para sostener el sistema de cese, el cual operará de forma alternativa a la clásica indemnización por antigüedad contemplada en el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Por otra parte, la resolución aclara que este mecanismo se complementa directamente con el Régimen de Promoción del Empleo Registrado. En ese sentido, se explicitó que la adhesión regular al sistema generará la extinción de toda acción penal para las empresas que blanqueen personal, mientras que a los trabajadores beneficiados se les computará el respectivo período regularizado como tiempo de servicio totalmente válido a los fines de su futura jubilación y el acceso a los seguros de desempleo correspondientes.







