A través de la Resolución General 5911/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una nueva extensión en el plazo límite para que los contribuyentes presenten la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. Con esta disposición oficial, las personas humanas y las sucesiones indivisas alcanzadas por el gravamen tendrán tiempo hasta el próximo viernes 30 de octubre de 2026 para completar la carga del trámite tributario.
La medida adoptada por el ente recaudador representa la cuarta postergación en lo que va del calendario fiscal, tras haberse diferido sucesivamente desde su fecha original hacia el 27 de julio, luego al 22 de septiembre y recientemente al 13 de octubre. Según fundamentó el organismo en los considerandos de la normativa, la prórroga responde a razones de administración tributaria orientadas a facilitar el cumplimiento de los contribuyentes, contemplando de manera directa las recientes modificaciones introducidas por la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal II, cuyas disposiciones normativas inciden de lleno en los esquemas de liquidación del gravamen correspondiente al ejercicio 2025.
Pese a la flexibilización para la presentación de los formularios formales, la normativa aclaró de forma taxativa que no se alteró la fecha límite del pago del saldo resultante, el cual operó formalmente a finales del pasado mes de julio, ratificando la disociación entre la presentación de las declaraciones y el desembolso financiero. En idéntico sentido, el fisco nacional resolvió no otorgar nuevos plazos para el ingreso del primer anticipo de Ganancias del ejercicio 2026, obligación formal que concluyó de manera definitiva el pasado 24 de septiembre.








