La Corte Suprema de Justicia de la Nación convocó a un acuerdo extraordinario para analizar a fondo un nuevo expediente clave sobre la Ley de Tierras Rurales (Ley 26.737). El máximo tribunal evaluará un pedido de medida cautelar que, de prosperar, podría reactivar de manera provisoria los límites a la compra de campos por parte de personas y corporaciones extranjeras, restricciones que habían sido eliminadas por el presidente Javier Milei a través del megadecreto DNU 70/2023.
La causa se originó a partir de una acción colectiva promovida por la Asociación Civil Árbol de Pie junto a las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon. A diferencia del caso iniciado por el Centro de Excombatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata —desestimado días atrás por cuestiones de legitimación activa sin analizar el fondo de la cuestión—, los actuales demandantes fundamentan su personería en derechos colectivos explícitos vinculados a la preservación ambiental y la tutela de territorios ancestrales. Con el objetivo de acelerar los tiempos procesales, se acortaron los plazos para impugnaciones y se integró a los conjueces Diego Barroetaveña (Casación Penal) y Juan Ignacio Pérez Curci (Cámara Federal de Mendoza), quienes ya aceptaron sus designaciones.
Los escenarios en juego y el impacto de la Ley 26.737
El máximo tribunal se enfrenta a dos caminos centrales: reenviar las actuaciones a los tribunales federales de origen para su curso ordinario o hacer uso de una intervención directa y excepcional para dictar una medida de no innovar ante la urgencia planteada. De restituirse la vigencia de la norma sancionada en 2011, volvería a regir el tope del 15% a nivel nacional, provincial y departamental para la tenencia foránea de tierras rurales, junto con el límite de 1.000 hectáreas por titular en la zona núcleo y las estrictas prohibiciones sobre terrenos con fuentes y espejos de agua dulce.








