A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía asume la potestad para aumentar o disminuir hasta un 50% el aporte destinado al Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales.
Nuevas atribuciones operativas
El Poder Ejecutivo Nacional dispuso facultar a la cartera económica para administrar el nivel del recargo sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). Esta medida recae sobre el fondo establecido por el artículo 75 de la Ley N° 25.565, el cual se constituye actualmente con un recargo de hasta el 7,5% por cada metro cúbico consumido o comercializado por redes en todo el territorio nacional.
Alcance y vigencia de la medida
La normativa establece que el Ministerio de Economía podrá ajustar este porcentaje en un rango del 50%, ya sea al alza o a la baja, según las modalidades que considere pertinentes para la gestión del régimen. Cabe destacar que la vigencia de este sistema de subsidios para el consumo residencial de gas fue prorrogada oportunamente hasta el 31 de diciembre de 2031.
Fundamentos de la decisión
Desde el Ejecutivo argumentaron que esta delegación de facultades responde a «razones operativas» y busca una administración más eficiente para cumplir con las metas políticas diagramadas en materia energética. Asimismo, se remarcó que el ejercicio de esta potestad por parte del Ministerio de Economía, en su rol de autoridad de aplicación, resulta impostergable para la optimización de la gestión gubernamental.
Recaudación y control
La declaración e ingreso de estos fondos continuará bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo autárquico que funciona en el ámbito del Ministerio de Economía. El decreto, que lleva la firma presidencial, entró en vigencia a partir de su publicación oficial.







