El Tribunal Oral Federal (TOF) de la provincia dio inicio al debate oral y público contra el reconocido abogado penalista Gustavo De la Fuente (59) y el comerciante John Sebastián Quevedo Medina (30). La Justicia Federal busca determinar su responsabilidad penal en el montaje de una sofisticada organización criminal que, bajo la fachada de una supuesta agencia de modelaje webcam denominada «Belle Argentina», captó y explotó sexualmente a por lo menos 37 mujeres en situación de extrema vulnerabilidad. Por la gravedad del delito y la cantidad de víctimas individualizadas, ambos imputados podrían recibir severas condenas de prisión efectiva.
La sala de audiencias del TOF San Juan lució colmada en su primera jornada, con una marcada presencia de abogados penalistas del foro local, colegas y allegados a De la Fuente que acudieron a presenciar el arranque de uno de los juicios más escandalosos de los últimos años. El debate, presidido por el juez Daniel Doffo, ventila una extensa investigación penal impulsada por el fiscal federal Fernando Alcaraz y la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), que dejó al descubierto un entramado de horror digital y presencial que operó de forma continuada entre marzo de 2022 y julio de 2024.
Durante la mañana de este jueves, el tribunal procedió a la lectura completa de la acusación fiscal y se exhibieron los registros de las Cámaras Gesell de las damnificadas, material que permanece bajo estricta reserva por orden judicial para proteger la identidad y la integridad de las víctimas. El ciudadano colombiano es asistido por la defensora oficial federal Gema Guillén, mientras que el letrado sanjuanino cuenta con la representación técnica de los doctores Fernando Castro y Jorge Olivera Legleu.

La maquinaria de «Belle Argentina»: engaño virtual, VPN y multas arbitrarias
De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio, la red criminal operaba en un inmueble ubicado sobre la calle Güemes, en la capital provincial. La captación se iniciaba en redes sociales —principalmente Facebook—, donde promocionaban ofertas laborales engañosas dirigidas a mujeres de entre 18 y 45 años, prometiendo un entorno profesional seguro y elevados ingresos en moneda extranjera.
Sin embargo, las pesquisas de Gendarmería Nacional demostraron que la organización se valía de la desesperación económica y la falta de empleo formal de las mujeres para someterlas a condiciones extremas:
- Bloqueo de transmisiones (VPN): Las víctimas eran obligadas a transmitir contenido sexual explícito en vivo a través de plataformas internacionales (como Stripchat, Camsoda, Cam4 y Chaturbate). El acceso a estos sitios web desde Argentina era bloqueado intencionalmente mediante redes virtuales privadas (VPN) para evitar que los allegados de las jóvenes o las autoridades locales detectaran la actividad de la sede.
- Retención y pesificación discrecional: De la Fuente y Quevedo Medina se quedaban obligatoriamente con el 50% de los dólares generados por cada modelo. El porcentaje restante les era liquidado en pesos argentinos bajo un valor de cambio arbitrario y fijado por los dueños.
- Disciplinamiento económico: Se implementó un severo régimen de multas y descuentos económicos por «llegadas tarde», «faltas por cansancio» o por consumir alimentos en un drugstore cercano administrado por el propio Quevedo Medina.
- Precarización extrema: Las extensas jornadas de streaming se realizaban en instalaciones con deficiencias higiénicas, sin agua caliente y bajo un frío hostil debido a la falta de calefacción, obligando a las mujeres a transmitir aun estando enfermas.
El doble rol de De la Fuente: de «escudo jurídico» a la prostitución VIP
Mientras que John Sebastián Quevedo Medina se encargaba del hostigamiento diario, el control territorial y la administración de campo de «Belle Argentina», las escuchas telefónicas y los peritajes patrimoniales ubicaron al abogado Gustavo De la Fuente en la cúspide de la estructura criminal, operando en un esquema de ganancias del «50 y 50».
La acusación fiscal determinó que el letrado no solo funcionaba como el «escudo jurídico» de la firma para garantizar la impunidad de las operaciones, sino que solía concurrir por las noches en los días de pago para supervisar las cajas. Además, los flujos financieros analizados en billeteras virtuales (Mercado Pago y Ualá) expusieron transferencias entre ambos socios con descripciones denigrantes que evidenciaban la comercialización de las mujeres.
El nexo presencial y el caso testigo: El perfil delictivo del abogado penalista presenta una faceta aún más oscura en el expediente. Presuntamente, De la Fuente utilizaba su poder para captar de forma personal a determinadas modelos fuera del horario de transmisión, ofreciéndoles dinero en efectivo en sus departamentos privados a cambio de favores sexuales. Posteriormente, intentaba introducirlas en una red de prostitución VIP de carácter presencial, ofreciéndoles inmuebles bajo su control y supuesta seguridad privada.
Los informes de Gendarmería Nacional recopilaron el crudo testimonio de una de las modelos, quien debido a su extrema vulnerabilidad terminó viviendo temporalmente en una propiedad de De la Fuente, contexto que el letrado aprovechó para exigirle favores sexuales a cambio de no desalojarla. Tras sufrir constantes abusos en la agencia y presiones particulares por parte del abogado, la joven logró romper el cerco de control, desvincularse de la organización y huir hacia la provincia de Mendoza.
Con las cartas sobre la mesa y el debate en pleno desarrollo, el Ministerio Público Fiscal ratificó la acusación de coautoría contra ambos imputados por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, agravado por el número de víctimas y la situación de vulnerabilidad, un encuadre legal que prevé penas de prisión de cumplimiento efectivo a cumplir tras las rejas de un penal federal.








