La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó el incremento del 16,8% en las escalas del régimen simplificado y las cuotas mensuales, fijando el próximo 5 de agosto como fecha límite para que los contribuyentes realicen el trámite sin sufrir penalidades.
Detalles del aumento y nuevos topes de facturación
La actualización responde a la inflación acumulada durante el primer semestre del año informada por el INDEC. Con esta suba, los nuevos valores y topes máximos de ingresos brutos anuales para cada categoría quedaron distribuidos de la siguiente manera:
- Categoría A: hasta $12.009.410,45 (Cuota: $49.527,18)
- Categoría B: hasta $17.595.182,74 (Cuota: $56.379,08)
- Categoría C: hasta $24.670.494,31 (Cuota: $66.020,12 servicios / $64.530,58 bienes)
- Categoría D: hasta $30.628.651,43 (Cuota: $84.612,93 servicios / $82.564,81 bienes)
- Categoría E: hasta $36.028.231,33 (Cuota: $119.811,45 servicios / $108.267,51 bienes)
- Categoría F: hasta $45.151.659,41 (Cuota: $150.784,21 servicios / $129.930,65 bienes)
- Categoría G: hasta $53.995.798,87 (Cuota: $230.312,94 servicios / $158.815,05 bienes)
- Categoría H: hasta $81.924.660,37 (Cuota: $522.706,68 servicios / $317.895,01 bienes)
- Categoría I: hasta $91.699.761,90 (Cuota: $963.747,86 servicios / $474.992,78 bienes)
- Categoría J: hasta $105.012.519,20 (Cuota: $1.167.299,76 servicios / $580.793,69 bienes)
- Categoría K: hasta $126.610.838,75 (Cuota: $1.614.446,04 servicios / $702.103,24 bienes)
«Los contribuyentes deberán evaluar los ingresos brutos, alquileres devengados, superficie afectada y consumo de energía de los últimos 12 meses para determinar si deben cambiar de categoría antes del vencimiento del próximo 5 de agosto, recordaron desde el organismo fiscal.
Quiénes deben recategorizarse y cómo hacer el trámite
El proceso es obligatorio para aquellos pequeños contribuyentes cuyos parámetros hayan sufrido modificaciones en relación con el semestre anterior. Por el contrario, quedan exentos quienes mantengan exactamente los mismos niveles o aquellos que aún no hayan cumplido seis meses calendario desde el inicio de sus actividades.
Para llevar a cabo la gestión de manera digital, los monotributistas deben seguir los siguientes pasos:
- Ingresar al portal oficial de ARCA con CUIT y clave fiscal.
- Acceder al servicio Monotributo.
- Seleccionar la opción «Recategorizarme».
- Revisar los datos precargados, actualizar la información si corresponde y confirmar el trámite para descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.







