La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso que las cuotas de planes de facilidades de pago que resulten iguales o superiores a los $100.000.000 pasarán a cancelarse de manera obligatoria a través de débito directo en cuenta bancaria. La medida quedó formalizada mediante la Resolución General 5896/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, e introduce modificaciones operativas que entrarán en vigencia a partir del próximo 1 de octubre.
Hasta el dictado de esta norma, el marco regulatorio vigente determinaba que cuando una cuota o liquidación alcanzaba o superaba los 100 millones de pesos, el contribuyente debía realizar el pago de forma manual mediante una transferencia electrónica de fondos. Con la derogación de los artículos anteriores y la actualización del sistema financiero, tanto las cuotas mensuales regulares como las cancelaciones anticipadas totales de estos montos se procesarán automáticamente por débito en cuenta corriente o caja de ahorro.
El organismo recaudador fundamentó la resolución en «la adecuación de los mecanismos sistémicos utilizados por la red bancaria», señalando que la modernización tecnológica de las entidades financieras amplió los topes y las capacidades operativas para procesar débitos directos de gran volumen.
Ante este cambio de operatoria, los contribuyentes y empresas que cuenten con planes activos tramitados bajo el servicio web «Mis Facilidades» con obligaciones de esta escala deberán verificar que la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta destinada al débito esté correctamente registrada y declarada bajo los parámetros de la Resolución General N° 2.675, además de asegurarse de tenerla seleccionada dentro del sistema para evitar inconsistencias o rechazos en el cobro.







