La Agencia de Recaudación y Control Aduanero dispuso una nueva extensión en el cronograma fiscal que traslada hasta finales de septiembre la presentación de las declaraciones juradas del período 2025 y el pago a cuenta del ejercicio 2026 para personas humanas y sucesiones indivisas.
A través de la Resolución General 5890/2026 publicada en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) determinó una nueva extensión en los plazos tributarios por «razones de administración tributaria», con el fin de facilitar la carga de datos a los contribuyentes. La disposición fija como nueva fecha límite el 22 de septiembre de 2026 para la presentación formal de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025, alcanzando tanto al régimen general como al simplificado.
Por su parte, la normativa también modificó el calendario del primer anticipo de Ganancias correspondiente al período fiscal 2026, el cual vencía originalmente en agosto y ahora podrá abonarse de manera excepcional hasta el 24 de septiembre de 2026, inclusive. Desde el organismo recaudador aclararon que la medida no altera los vencimientos ya operados el pasado 27 de julio de 2026, fecha en la que caducó tanto el saldo resultante de Ganancias 2025 como la totalidad de la presentación y pago del Impuesto sobre los Bienes Personales.








