A través de la promulgación de la Ley Nacional 27.828 publicada este martes 13 de octubre en el Boletín Oficial, el Congreso de la Nación reestructuró de manera sustancial el Régimen de Zona Fría y el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas (modificando el artículo 75 de la ley 25.565). La nueva normativa introduce un esquema de «subsidios focalizados», restringiendo el beneficio tarifario únicamente sobre los Consumos Base de aquellos usuarios residenciales que se ubiquen en subzonas bioambientales específicas (bajo norma IRAM 11.603/12) y cumplan con estrictos umbrales socioeconómicos.
Bajo el nuevo esquema, para acceder a la bonificación adicional por Zona Fría en gas por redes y propano indiluido, los hogares deberán acreditar: ingresos netos totales iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un «Hogar 2» según el INDEC; poseer Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP); contar con Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra de Malvinas; o registrar integrantes con Certificado Único de Discapacidad (CUD) sujeto a evaluación de la Secretaría de Energía. En contraste, se ratificaron de forma plena las compensaciones directas para la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Paralelamente, el artículo 3º de la ley derogó expresamente los artículos 2º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º de la ley 27.637, eliminando las ampliaciones masivas previas y estableciendo un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte.
El cuerpo normativo —sancionado a fines de septiembre y firmado por Martín Menem y Bartolomé Abdala— abarca también un amplio paquete energético. Entre sus puntos salientes, incluye un mecanismo de saneamiento y compensación de deudas de distribuidoras provinciales y federales con CAMMESA en el Mercado Eléctrico Mayorista (artículo 4º), fija el traslado automático a tarifa de los costos de adquisición de gas y electricidad en procesos competitivos, prorroga hasta 2045 el régimen de fomento a las energías renovables (Ley 27.191) y deroga decretos vinculados a hidrocarburos (277/12 y 929/13), marcando una nueva hoja de ruta regulatoria para el sector.








