A través de la promulgación de la Ley 27.828, publicada este martes 13 de octubre en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional modificó las reglas de acceso al beneficio tarifario de Zona Fría. Para los usuarios residenciales de la provincia de San Juan, la reforma implica un giro sustancial: el descuento ya no se otorgará de manera universal o automática por residencia geográfica, sino que pasará a estar condicionado a la situación socioeconómica del grupo familiar y a la inscripción en el sistema de subsidios focalizados.
A diferencia del régimen patagónico histórico, San Juan quedó encuadrada en las áreas donde la bonificación dependerá de la validación patrimonial y de ingresos de cada hogar, aplicándose exclusivamente sobre los denominados «Consumos Base» (bloques de consumo definidos como subsidiables) y no sobre el total ilimitado de la factura.
Quiénes podrán conservar o solicitar el descuento
Para mantener el beneficio, los usuarios de gas por red deberán estar registrados en el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF, sucesor del antiguo RASE) y reunir al menos una de las siguientes condiciones:
- Tope de ingresos: Ingresos netos del grupo familiar iguales o inferiores a $4.816.492,05 mensuales (parámetro equivalente a tres Canastas Básicas Totales del «Hogar 2» según la medición del INDEC a agosto de 2026, suma que se actualizará periódicamente).
- Certificado ReNaBaP: Familias que cuenten con Certificado de Vivienda Familiar expedido por el Registro Nacional de Barrios Populares.
- Veteranos de Guerra: Hogares con un integrante titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Malvinas.
- Certificado Único de Discapacidad (CUD): En estos casos, la Secretaría de Energía evaluará la pertinencia de la asistencia económica y la situación patrimonial integral.
Trámite e impacto en las próximas boletas
Las autoridades aclararon que aquellos usuarios que ya se encontraban dados de alta en el RASE no precisan reinscribirse desde cero, dado que los padrones migrarán de forma directa al nuevo registro, aunque sí podrán actualizar información patrimonial o solicitar revisiones en la web oficial argentina.gob.ar/subsidios.
Si bien la normativa ya entró formalmente en vigencia y regirá hasta el 31 de diciembre de 2031, el impacto exacto en la facturación dependerá de la categoría de cada usuario, los volúmenes consumidos y las auditorías de ingresos que efectúe el Estado nacional.








