La Justicia sanjuanina cerró el caso mediante un juicio abreviado. Dos de los implicados recibieron penas de prisión, mientras que una tercera mujer fue sobreseída por falta de pruebas.
A poco más de cuatro meses del ataque que conmocionó a los sanjuaninos, la Justicia resolvió la situación procesal de los tres acusados de prender fuego a un hombre en situación de calle en la Terminal de Ómnibus de Capital. En una audiencia de juicio abreviado, se dictaron dos condenas y un sobreseimiento, poniendo fin a un proceso que tuvo como eje la violencia y un conflicto previo entre los involucrados.
Las penas
El principal responsable del ataque, Hernán Álvarez, conocido en el ámbito delictivo como “Cara de Mono”, fue condenado a 1 año y 2 meses de prisión de cumplimiento efectivo. La decisión del juez se basó no solo en el hecho ocurrido el pasado 2 de enero, sino también en que Álvarez ya contaba con una condena previa en suspenso desde 2019, lo que lo obliga a cumplir su pena tras las rejas en el Servicio Penitenciario.
Por su parte, Brisa Mallea recibió la misma pena de 1 año y 2 meses, pero de cumplimiento condicional. Tras la resolución, la joven recuperó la libertad bajo pautas de conducta.
La tercera imputada, Sofía Alanís, apodada “Pampita”, fue sobreseída y quedó totalmente desvinculada de la causa. Según explicó el fiscal Francisco Pizarro, las pruebas recolectadas y los registros fílmicos demostraron que Alanís no tuvo participación en la agresión física hacia la víctima.
El detonante y la prueba clave
La investigación, encabezada por la UFI Delitos Especiales, logró reconstruir la secuencia a través del testimonio de la víctima, Jaime Rafael Pérez. El hombre identificó a Álvarez y Mallea como sus agresores y relató cómo fue rociado con alcohol y prendido fuego, sufriendo quemaduras de segundo grado y compromiso respiratorio.
Según consta en el expediente, el móvil del ataque habría sido una represalia. Se determinó que Pérez habría tenido conductas inapropiadas hacia Mallea ese mismo día, lo que provocó la violenta reacción de Álvarez en defensa de la joven.
Recalificación del delito
Uno de los puntos clave para que las penas fueran menores a las esperadas inicialmente fue la modificación de la calificación legal. Tras analizar los informes médicos y el tiempo de recuperación de la víctima, la fiscalía —integrada por Pizarro, Maximiliano Gerarduzzi y Facundo Romero— encuadró el hecho como lesiones, lo que permitió el acuerdo de juicio abreviado con las defensas, representadas por Sandra Leveque y Faustino Gelvez.
Con la homologación del acuerdo por parte del juez de Garantías Diego Sanz, la causa queda cerrada, dejando un precedente sobre la resolución de conflictos violentos en espacios públicos de la provincia.







