El Tribunal de Impugnación de San Juan ratificó de manera unánime la sentencia contra el hombre que abusó sistemáticamente de sus nietas menores de edad durante casi una década. El caso salió a la luz tras el intento de suicidio de una de las víctimas en el Hospital de Caucete. Los jueces desmintieron las coartadas médicas, arquitectónicas y de presunta venganza esgrimidas por el acusado.
La Justicia sanjuanina dejó firme la condena a 11 años de prisión de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario Provincial contra un hombre hallado culpable de abusar sexualmente de sus tres nietas menores de edad. El fallo fue ratificado por unanimidad por el Tribunal de Impugnación —integrado por los magistrados Renato Darío Roca (presidente), María Silvina Rosso y Benedicto Correa Patiño—, convalidando la sentencia dictada el 16 de marzo de 2026 por el Tribunal de Juicio colegiado bajo los delitos de abuso sexual simple reiterado y abuso sexual con acceso carnal reiterado, ambos agravados por el vínculo.
El develamiento en el Hospital de Caucete y el inicio de la causa
Los aberrantes ataques, perpetrados de forma clandestina durante las visitas esporádicas del agresor desde Río Negro a San Juan entre 2013 y 2021, salieron a la luz a partir de una situación extrema: una de las víctimas, atravesada por el trauma y las graves secuelas psicológicas, intentó quitarse la vida. Fue durante su asistencia médica de urgencia en el Hospital César Aguilar de Caucete donde la menor quebró el silencio y reveló los ultrajes padecidos ante los profesionales de la salud.
De acuerdo a la instrucción, una de las niñas comenzó a ser abusada cuando tenía apenas 5 años (hechos que se prolongaron hasta sus 13), mientras que otra de sus nietas sufrió ataques sistemáticos entre los 8 y los 11 años.
Derrumbe de las coartadas de la defensa
El Tribunal de Impugnación analizó y desestimó punto por punto los agravios presentados por el abogado defensor:
- Pruebas médicas y psicológicas: Los exámenes legistas confirmaron lesiones físicas de vieja data plenamente compatibles con los accesos carnales denunciados, echando por tierra el argumento de supuestas patologías médicas (operaciones de próstata y rodilla) que le habrían impedido físicamente cometer los delitos. A su vez, los peritajes descartaron cualquier signo de fabulación o influencia externa en Cámara Gesell.
- Inspección ocular: La defensa alegó que la casa era un monoambiente dividido por cortinas donde nadie podía ocultar un ataque; sin embargo, las pericias socioambientales e inspecciones constataron que el inmueble contaba en realidad con cuatro habitaciones independientes.
- Falsa denuncia por «venganza»: Se rechazó la teoría de un conflicto familiar post cena navideña. Los jueces recordaron que el develamiento tardío es un proceso característico en el abuso sexual intrafamiliar debido a la asimetría de poder, el temor y la manipulación del vínculo de confianza.








