A través de la publicación de la Resolución General 5.915/2026 en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) formalizó la postergación de la entrada en vigencia del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) hasta el 1 de diciembre de 2026. La disposición busca otorgar un margen operativo indispensable a las empresas y al propio fisco para adecuar los sistemas informáticos y acoplar el esquema al nuevo marco regulatorio establecido por el Poder Ejecutivo.
La decisión administrativa responde a las modificaciones introducidas por el decreto 1.228/2026, el cual amplió el período de carencia de 6 a 12 meses con el objetivo prioritario de asegurar la conformación y solidez del patrimonio inicial de los fondos destinados a contingencias por despidos de trabajadores. Desde el organismo recaudador señalaron que la extensión del plazo apunta a garantizar la seguridad jurídica, la previsibilidad financiera y la correcta operatividad técnica frente a la complejidad del nuevo régimen derivado de la Ley de Modernización Laboral.
Declaraciones juradas y sistema en línea Según los términos fijados por la normativa, el nuevo esquema de retención y derivación de aportes será de aplicación obligatoria a partir de las declaraciones juradas correspondientes al período devengado diciembre de 2026 y meses subsiguientes. Para dar cumplimiento a las presentaciones y canalizar la contribución mensual a la Cuenta Individual del Empleador junto a la Contribución Unificada de la Seguridad Social, las empresas deberán operar de manera indefectible mediante la versión 48 del aplicativo «Declaración en línea».








