La Justicia sanjuanina resolvió la causa judicial por el siniestro vial que le costó la vida a Evelyn Esquivel en el departamento 25 de Mayo, determinando un fallo dispar para los dos amigos que viajaban junto a la víctima. El tribunal dictó sentencia condenatoria contra Nilson Molina por el delito de homicidio culposo al considerarlo responsable de la conducción del vehículo, al tiempo que dispuso el sobreseimiento definitivo de Mariana Páez Atencio, quien viajaba como acompañante y había sido investigada por presunto encubrimiento.
El fatal episodio tuvo lugar sobre el kilómetro 443 de la Ruta Nacional 20. Los tres jóvenes regresaban desde la provincia de Córdoba a bordo de un Peugeot 208 cuando, de acuerdo con las pericias, el rodado se desvió imprevistamente hacia la banquina norte. Tras colisionar contra una señalética vial vertical, el automóvil volcó sobre su eje longitudinal y quedó destruido a varios metros de la calzada. A raíz del violento impacto, Esquivel sufrió heridas gravísimas que la mantuvieron internada en estado crítico durante más de un mes hasta confirmarse su deceso.
Peritajes accidentológicos y uso de cinturón
El informe pericial incorporado al expediente determinó que el auto transitó por el lateral de la traza, perdió estabilidad al intentar retomar el pavimento debido al desnivel del terreno y dio varios tumbos. Asimismo, los análisis sobre los dispositivos de seguridad revelaron que los cinturones de los asientos delanteros presentaban daños de tensión propios de haber estado abrochados durante el vuelco, mientras que los traseros no exhibían marcas, indicio de que la víctima viajaba sin la sujeción reglamentaria en la parte posterior.
Durante la instrucción se sumaron además testimonios policiales que dieron cuenta de que Molina se encontraba auxiliando a la joven en el suelo tras el despiste, mientras que Páez Atencio declaró en sede preventiva que el conductor se habría quedado dormido al volante mientras manejaba de madrugada.
Resolución judicial de las responsabilidades
Con los elementos probatorios reunidos, la Justicia declaró la culpabilidad de Nilson Molina en calidad de autor del delito de homicidio culposo derivado de la conducción imprudente. En contrapartida, Mariana Páez Atencio resultó sobreseída de la acusación de encubrimiento en el marco de las causales previstas en el artículo 356 (incisos 2 y 4) del Código Procesal Penal, ordenándose el cese de toda medida restrictiva y su inmediata desvinculación formal del expediente.








