La muerte de la joven Brisa Gallardo (quien falleció tras agonizar tres días a raíz de un violento choque en pleno centro sanjuanino) derivó este viernes en una tensa audiencia de formalización en Tribunales. La jueza de Garantías Gloria Verónica Chicón formalizó la investigación penal contra el conductor del automóvil, Mateo Argüello Medawar (18), fijó un plazo de investigación de un año y dispuso que afronte el proceso en libertad con presentaciones mensuales, rechazando el pedido de la querella de inhabilitarlo para conducir.
El trágico siniestro se produjo el pasado 21 de agosto a las 16:30 horas en la intersección de Avenida Ignacio de la Roza y calle Catamarca. Según la reconstrucción de la Fiscalía, Gallardo circulaba en una motocicleta Gilera de oeste a este por la avenida, cuando al llegar al cruce fue embestida por un Peugeot 3008 al mando del joven de 18 años, que se desplazaba de sur a norte. La motociclista sufrió un traumatismo encéfalo craneano grave que le causó muerte cerebral y su posterior fallecimiento.
En la audiencia, el fiscal Iván Grassi y los ayudantes fiscales Pablo Orellano y Agustina Plateo (UFI Delitos Especiales) le imputaron a Argüello Medawar el delito de homicidio culposo agravado por la conducción de un vehículo con motor e infracción de tránsito. El Ministerio Público Fiscal sostuvo que el conductor actuó con negligencia y vulneró el artículo 41, inciso D, de la ley de tránsito provincial, que establece la excepción a la prioridad de paso de la derecha cuando se cruza una avenida.
A partir de allí se desató un intenso debate técnico-jurídico: los defensores particulares, José Manuel Beltrán y Miguel Rodríguez, plantearon inconstitucionalidad y falta de acción, argumentando que la Ley Nacional de Tránsito fija la prioridad de paso de la derecha como absoluta y que una norma provincial no puede contradecirla. Por su parte, el fiscal Grassi y la querella rebatieron la postura remarcando que el artículo 2 de la normativa nacional faculta expresamente a las autoridades locales a disponer exigencias y reglas particulares según las circunstancias del distrito.
Al resolver, la jueza Chicón desestimó el planteo de inconstitucionalidad de la defensa, ratificó la competencia provincial y habilitó el año de Investigación Penal Preparatoria (IPP). Argüello Medawar deberá presentarse una vez al mes en la comisaría de su jurisdicción y no podrá salir del país sin autorización judicial, aunque conservará su licencia de conducir durante el trámite de la causa.







