La querella se opuso al acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y la defensa. El abogado que representa a la familia del fallecido, Luis Fernando Agüero, planteó la inconstitucionalidad de la medida e incluso puso en duda que el imputado fuera quien conducía la camioneta. El magistrado comunicará su decisión el próximo 22 de abril.
Este viernes se llevó a cabo una nueva audiencia en el marco de la causa contra Marcelo Jaime, el conductor imputado por el siniestro vial que le costó la vida al motociclista Luis Fernando Agüero el pasado 25 de diciembre de 2025, en el departamento de Chimbas. Durante la jornada, el Ministerio Público Fiscal y la defensa informaron la conformación de un acuerdo de juicio abreviado, medida que fue terminantemente rechazada por la parte querellante.
Ante la falta de acuerdo entre las partes, el juez Gerardo Javier Fernández Caussi dictó un cuarto intermedio y confirmó que dará a conocer su resolución definitiva el próximo miércoles 22 de abril.
Los términos del acuerdo y la oposición de la querella
La discrepancia surgió tras la presentación realizada por el fiscal Francisco Nicolía y el abogado defensor José Manuel Beltrán. Según informaron al tribunal, el imputado Marcelo Jaime aceptó una condena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional y 6 años de inhabilitación especial para conducir vehículos. El acusado reconoció ser el autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo por conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria, con el agravante de haberse dado a la fuga tras el impacto.

Sin embargo, el abogado querellante, Leonardo Fachinetti, expresó su firme rechazo al pacto, calificándolo de inconstitucional. El letrado argumentó que este tipo de resoluciones vulneran normas nacionales e internacionales al limitar la capacidad de las víctimas para ejercer plenamente su derecho a la defensa y cuestionó la falta de aplicación del principio de igualdad ante la ley.
Críticas al proceso y dudas sobre la autoría
En una exposición tajante, Fachinetti criticó la naturaleza del juicio abreviado en el fuero penal, señalando que en estas instancias el magistrado asume un rol administrativo similar al de un escribano. Según el abogado de la familia Agüero, el proceso constituye una «simulación y ficción jurídica» utilizada por la fiscalía para descomprimir la carga de causas del sistema judicial.
Además, la querella sembró dudas sobre la autoría material del hecho. Fachinetti sugirió la posibilidad de que otra persona hubiese estado al volante de la camioneta Toyota Hilux al momento de la colisión, un planteo que refuerza su pedido de no cerrar la causa mediante la vía del abreviado.

La postura de la Fiscalía y la decisión judicial
Por su parte, el fiscal Nicolía rechazó los planteos de inconstitucionalidad y sostuvo que se garantizó la participación de la querella en el proceso. Según precisó, el pasado jueves 16 de abril se dispuso una instancia para atender a los familiares de la víctima y explicar los fundamentos técnicos que llevaron a la fiscalía a optar por esta resolución.
Cabe recordar que la querella había solicitado previamente medidas probatorias adicionales, como una nueva pericia accidentológica y el peritaje del teléfono celular de Jaime. No obstante, el juez desestimó dichos pedidos argumentando que ya existe prueba suficiente, incluyendo un registro fílmico del choque, y que el uso del dispositivo móvil queda subsumido en la figura de conducción imprudente ya admitida.
Con el reconocimiento de responsabilidad por parte del imputado y la férrea oposición de la familia de la víctima, la resolución final queda ahora bajo el análisis del juez Fernández Caussi, quien definirá el futuro procesal de la causa la próxima semana.







